tiene que estar libre de influencias e intervenciones extrañas,
La independencia de la función judicial significa, además, que el juez en el cumplimiento de su tarea, tiene que estar libre de influencias e intervenciones extrañas, tanto si provienen del gobierno, del parlamento, del electorado do de la opinión pública. En la sentencia de un caso que le haya sido presentado no tendrá que estar sujeto a órdenes del gobierno o como ocurrió en el abuso de las instrucciones a los jueces (Richteranveisungen) durante el régimen nacionalsocialista en la última guerra. El juez no deberá estar sometido ni a las instrucciones del parlamento ni a las de un tribunal jerárquicamente superior. El envío de un caso por el tribunal de apelación al tribunal inferior para una nueva sentencia, la orden dada por un tribunal de revisión de examinar nuevamente un caso de acuerdo con la interpretación legal obligatoria y la observancia de la regla de stare decisis donde ésta existe, son consecuencia de la conformación jurídica del proceso judicial y no influencias extrañas o ilícitas en la independencia judicial. (Negrillas añadidas).
Por los argumentos ampliamente expuestos, el suscrito magistrado considera que, con relación a la responsabilidad de jueces y magistrados, no se debió modificar el entendimiento jurisprudencial contenido en las SSCC 1077/2006-R y 0645/2007-R, al constituirse en una garantía de independencia para el ejercicio de la justicia constitucional y la efectiva protección de derechos y garantías constitucionales.
- Partes: Marisabel Rosales Chávez
- Magistrado:
- SC 1077/2006-R
- SC 645/2007-R de 25 de julio
- II. LA MODULACIÓN EFECTUADA EN LAS SSCC 124/2010-R Y 129/2010-R
- inmunidad que anteriores Sentencias Constitucionales otorgaba a jueces y tribunales
- a raíz de la emisión de un fallo en calidad de juez o tribunal de garantías, no es posible establecer responsabilidad penal, ni acusación alguna, entre tanto el Tribunal Constitucional no emita la sentencia constitucional pertinente en grado de revisión
- el Tribunal Constitucional no puede interferir en la labor encomendada por ley a la Policía ni a la Fiscalía,
- no pude determinarse responsabilidad penal entre tanto, no se emita la sentencia constitucional respectiva
- 1.
- 2.
- sin
- 3.
- limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las Leyes de cualquiera de los Estados Partes
- No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de Leyes, convenciones, reglamentos o costumbre, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce
- y protección
- 4.
- 5.
- Investidura Constitucional
- su libertad frente a todo tipo de interferencia de cualquier otro detentador del poder constituye la piedra final en el edificio del Estado democrático constitucional de derecho
- tiene que estar libre de influencias e intervenciones extrañas,
