Sentencia: 0264/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0264/2010-R

Fecha: 29-Jun-2010

línea jurisprudencial vigente

Consiguientemente, queda claro que la línea jurisprudencial vigente en el Tribunal Constitucional, hasta antes de pronunciarse la SC 0264/2010-R que motiva la disidencia, era la que establecía que para la cesación de la detención preventiva sólo debía considerarse el transcurso del tiempo previsto en los incisos 2) y 3) del CPP, sin que puedan considerarse criterios aislados dentro de esa sólida línea jurisprudencial, los mismos que fueron tácitamente reconducidos en sentencias posteriores, y que además están contenidos en un Auto de Complementación y Enmienda, el mismo que, si de acuerdo al art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), no puede alterar el fondo de una Resolución, sino pronunciarse sobre aspectos vinculados con conceptos oscuros, errores materiales u omisiones; lógicamente tampoco puede modular Sentencias Constitucionales y menos toda una línea jurisprudencial construida por el Tribunal Constitucional.

Un entendimiento contrario, como el asumido en la SC 0264/2010-R, significa desconocer las bases y fundamentos de dichas causales de cesación de la detención preventiva que, como se tiene señalado, se fundamentan en la garantía jurisdiccional de la presunción de inocencia y en el derecho a un plazo razonable.