0240/2010-R

Magistrado                       :

El suscrito Magistrado, expresó su acuerdo con la decisión de denegar la tutela solicitada en el caso del epígrafe venido en revisión, pero su desacuerdo en la forma de dicho fallo, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamenta su disidencia en la forma, conforme a los siguientes términos: