0330/2010-R

a)

En este marco la SC 0045/2007 de 6 de febrero, señala que este Tribunal no revisa la valoración de la prueba -excepto- cuando se omita arbitrariamente valorar la prueba y exista lesión a derechos fundamentales y garantías constitucionales, indicando que: (…) no puede ser analizada por este Tribunal, salvo algunas excepciones como las establecidas en la SC 0965/2006-R de 2 de octubre, cuando en dicha valoración: a) Exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir (SC 0106/2005-R, entre otras); b) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia, sea la vulneraron de derechos fundamentales o garantías constitucionales (SC 0129/2004-R de 28 de enero).