AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
en los casos en que el presente incidente de inconstitucionalidad, sea planteado a instancia de parte ante los fiscales a cargo de la investigación durante la etapa preparatoria
En ese sentido, el requerimiento acusatorio del Fiscal General de la República, la solicitud de autorización de juicio de responsabilidades que tramita la Corte Suprema de Justicia ante el Congreso Nacional y hasta la propia autorización del Congreso Nacional, constituyen actos procesales previos al proceso penal, perteneciendo a la fase preliminar o previa, donde no se toma ninguna decisión final por autoridad jurisdiccional que cause estado; en este sentido, el Tribunal Constitucional en el AC 0315/2010-CA de 9 de junio, señaló: "…en los casos en que el presente incidente de inconstitucionalidad, sea planteado a instancia de parte ante los fiscales a cargo de la investigación durante la etapa preparatoria, al no darse los presupuestos mínimos de procedencia, corresponde el rechazo "ad portas" sin que sea necesario correr traslado, tampoco admitir o elevar en consulta ante este Tribunal, debiendo proseguir con el proceso investigativo" (las negrillas son nuestras), jurisprudencia que resulta aplicable al presente caso; vale decir, que el incidentista no ha dado cumplimiento al art. 59 de la LTC, que prevé: "El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos..."; en consecuencia, como el recurso ha sido interpuesto en la fase preliminar de la proposición acusatoria y no dentro del mismo proceso penal, tal cual lo admite el propio incidentista al indicar que promueve el incidente "…dentro del `procedimiento preliminar de investigación` iniciado por la Fiscal General de la República…" (sic), el presente recurso carece de fundamento jurídico-constitucional, que amerite una resolución en el fondo, correspondiendo su rechazo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- Fragmento 9
- en los casos en que el presente incidente de inconstitucionalidad, sea planteado a instancia de parte ante los fiscales a cargo de la investigación durante la etapa preparatoria
- APROBAR