AUTO CONSTITUCIONAL 0472/2010-CA
Fecha: 21-Jul-2010
I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “…revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009”, y toda vez que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los alcances previstos por la referida Ley, el Pleno de este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo, con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. En consecuencia, habiéndose procedido al sorteo del expediente el 21 de julio de 2010, el presente Auto Constitucional es pronunciado dentro de término.
- recurso contra tributos y otras cargas
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- órgano competente de control de constitucionalidad, proceda a la verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de sus normas con las de la Constitución Política del Estado
- sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado
- II.3.
- II.4.1.
- II.4.2.
- carece de fundamento jurídico constitucional
- RECHAZAR,