AUTO CONSTITUCIONAL 0488/2010-CA
Fecha: 26-Jul-2010
II.4. Análisis del caso
En el caso objeto de examen, de la revisión del memorial de interposición del recurso, cursante de fs. 35 a 36, se advierte que el presente incidente de inconstitucionalidad, carece de fundamento jurídico-constitucional que amerite una resolución en el fondo, pues el incidentista no citó las normas constitucionales que supuestamente estarían siendo infringidas con la disposición legal cuestionada, ni los motivos por los cuales consideraba que dicha norma transgredía la Ley Fundamental, aspecto que en doctrina se conoce como concepto de violación constitucional o motivos de la inconstitucionalidad y su incompatibilidad con los principios y valores contenidos en la misma; requisitos de contenido previstos en el art. 60.1 y 2 de la LTC, y al haber sido omitidos, imponen a que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sea rechazado.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Análisis del caso
- APROBAR,