Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0497/2010-CA
Fecha: 26-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta, APROBAR con los fundamentos expuestos la RA 299/2008 de 23 de septiembre, cursante de fs. 1 a 2, pronunciada por el Pleno del Consejo de la Judicatura; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Silvestre Íñiguez Meneses.