Sentencia: 0449/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0449/2010-R

Fecha: 22-Jul-2010

data de 28 de mayo de 2002, interponiéndose el incidente de nulidad en fecha 31 de agosto de 2005, siendo la última actuación procesal que cursa en antecedentes, el Auto de Vista No. 328-/2006 de 20 de septiembre de 2006.

Si bien la SC 0449/2010, no apertura la tutela en virtud a  los principios de subsidiaridad y falta de legitimación activa, no es menos cierto que al haberse presentado un incidente de nulidad, el proyecto, debió considerar específicamente el tema referente a la inmediatez, toda vez que de acuerdo a la compulsa de antecedentes, se evidencia que el acto procesal con el cual según la actora se realiza una notificación defectuosa, data de 28 de mayo de 2002, interponiéndose el incidente de nulidad en fecha 31 de agosto de 2005, siendo la última actuación procesal que cursa en antecedentes, el Auto de Vista No. 328-/2006 de 20 de septiembre de 2006.

Al respecto, considero que la sentencia antes de entrar al análisis referente a la subsidiaridad y la falta de legitimación activa, debió considerar previamente y en un apartado específico el requisito de la inmediatez, máxime, porque existe un incidente de nulidad presentado casi tres años después, por tal razón, considero que este apartado específico que debió contener la Sentencia objeto de disidencia, debió realizar el siguiente análisis de orden jurídico-constitucional: