Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0463/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 29 de febrero de 2008, cursante a fs. 1 y vta., manifiesta que en la misma fecha efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), procedieron a su detención, en ejecución del mandamiento de aprehensión librado por el Fiscal de Materia de Riberalta, al no haber concurrido a la audiencia señalada para el 22 de febrero de 2008, a horas 10:30, actuado procesal al que no fue citado; no obstante, de haber señalado su domicilio en la oficina de su otro abogado a momento de solicitar la suspensión de su declaración informativa.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fiscal de Materia de Riberalta,
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- Fragmento 10
- Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- Fragmento 12
- APROBAR