Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0608/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 122/2008 de 12 de abril, cursante de fs. 16 a 18, pronunciada por el Juez Primero de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionario recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata,
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR