SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0608/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III.4. Análisis del caso
En el caso que motiva esta acción tutelar, los accionantes alegan que fueron detenidos ilegalmente, sindicándoles por el robo de una volqueta del domicilio donde sus personas fungían como cuidadores; asimismo, alegan que prestada su declaración, fueron trasladados con engaños hasta oficinas de DIPROVE, donde les comunicaron que se encontraban en calidad de detenidos sin exhibirles mandamiento alguno; sin embargo, estas supuestas ilegalidades, no pueden ser analizadas a través de esta acción tutelar, porque según las aseveraciones efectuadas por el Fiscal demandado, respondiendo a los cuestionamientos efectuados por el Juez de garantías, los actos demandados fueron alegados en la audiencia de medidas cautelares que se llevó a cabo el mismo día de la interposición de este recurso; es decir, que se activó en forma paralela ambos mecanismos de defensa; circunstancia que innegablemente, no puede ser revisada por esta jurisdicción, porque se desnaturalizaría su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria.
En ese sentido, estando comprobado que los accionantes activaron paralelamente ambas jurisdicciones, porque para mayor claridad, su patrocinante, en la audiencia adujo expresamente que: "…estuvimos hace unos momentos en audiencia de medidas cautelares y el señor representante del Ministerio Público ha imputado por robo que tiene una sanción de uno a cinco años…" (sic); inviabiliza la consideración de la acción tutelar, porque de ser así, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionario recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata,
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR