AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes -hoy accionantes-, manifiestan que en el proceso ejecutivo seguido por Mario Perales Palacios y Graciela Palacios de Perales en contra de Ricarda Chacón Arce y Elizabeth Valdivia Chacón, el Juez de la causa señaló audiencia para proceder al desapoderamiento del 50% de su terreno que lo tiene en la av. Hugo Ernest 6678 de la zona de Bajo Seguencoma de la ciudad de La Paz, para el día miércoles 11 de junio de 2008 a horas 10:00, sobre esta determinación y habiendo agotado todos los medios a su alcance, siendo inminente que se pueda consumar un atentado a sus derechos constitucionales previstos en el art. 7 de la CPEabrg, para que sean escuchados, consideran que no se han cumplido requisitos y formalidades previas esenciales que se traducen en omisiones de la autoridad recurrida para proceder a ese acto de desapoderamiento.