AUTO CONSTITUCIONAL 0544/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
rechazó
La Jueza Sumariante del Ministerio de Planificación del Desarrollo, por Resolución Sumarial 2/01/2009 de 28 de enero (fs. 1967 a 1968), rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, manifestando que los argumentos expuestos por el recurrente, en su memorial de recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, demandando la inconstitucionalidad del artículo 67 del DS 23318-A y el “…artículo 67 del Reglamento de la Ley del Poder Ejecutivo 3351” (sic), norma que hubiera sido citada en el memorándum Cite. MPD/DGAJ/Nº 0031/08, y que no fue observada por la Jueza sumariante, no son válidos y carecen de fundamento legal por cuanto el error en la cita de la norma para la apertura del sumario administrativo, no incide en los hechos que motivaron el mismo.