Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0549/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
carece de fundamento jurídico-constitucional
En consecuencia, el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, carece de fundamento jurídico-constitucional, por lo que el Tribunal Sumariante de la Unidad Distrital de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura de La Paz, al haber rechazado la solicitud formulada, han aplicado correctamente los arts. 59 y ss. de la LTC.