AUTO CONSTITUCIONAL 0549/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial de 21 de noviembre de 2008 (fs. 40 a 43), Raúl Vicente Sánchez Bolaños, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Caranavi, dentro del proceso disciplinario 270/06, seguido de oficio contra los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia de Caranavi, solicita a los miembros del Tribunal Sumariante, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 51 y 93 del RPDPJ, por la supuesta vulneración del art. 16.II de la CPEabrg.
Argumenta el recurrente que los incidentes o excepciones son mecanismos de defensa y los procesos disciplinarios no por ser sumarísimos, se puede pretender su desconocimiento; ello implica la vulneración de sus derechos a la defensa y a la seguridad jurídica, por lo que la norma impugnada va en contra de la Constitución Política del Estado abrogada.
Respecto al art. 93 del RPDPJ, alega que dicha norma es un atentado al derecho a la defensa, consagrado en el art. 16.II de la CPEabrg, ya que los argumentos no pueden estar condicionados a un término de cinco días, estos surgen de acuerdo al desarrollo del proceso, esta norma implica que pasados los cinco días, el procesado tendría que guardar silencio y no le sería permitido asumir su defensa, sin que sirva de nada los quince días de prueba.