Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0559/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta, resuelve APROBAR la Resolución Municipal 012/2009 de 19 de enero, cursante de fs. 28 a 31, pronunciada por el Alcalde Municipal de La Paz; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Francisco Bonifacio Ramos Quispe.
- consulta
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 4
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR