IV. El caso analizado
En el caso analizado por la SC 0544/2010-R de 12 de julio, el actual accionante denunció que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la libertad física, a la locomoción y al debido proceso, por cuanto la audiencia de cesación de la detención preventiva fue suspendida por inasistencia del fiscal corecurrido, cuando debió haber sido desarrollada en virtud al principio de celeridad, al no ser justificativo para su suspensión la inconcurrencia del fiscal.
La Sentencia que motiva la disidencia concedió la tutela, señalando, en el Fundamento III.5, respecto a la actuación del Fiscal demandado, que no tomó los recaudos necesarios para que otro fiscal asista a la audiencia ante la inminencia de su viaje y, con relación al Juez demandado, sostuvo que la concurrencia -o no- del representante del Ministerio Público a la audiencia de cesación de detención preventiva no es óbice para suspenderla, pues la autoridad judicial debe resolver la petición del imputado de forma positiva o negativa valorando en su integridad los medios probatorios aportados y, en consecuencia, no era razonable suspenderla.
- Magistrado:
- circunstancia en la que excepcionalmente
- recurso que no necesariamente tiene que ser, el hábeas corpus”
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- II. La SC 0080/2010-R y su carácter unificador de las subreglas de subsidiariedad excepcional del hábeas corpus.
- “Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- Al haber privación de libertad y evidente negligencia o dilación por parte de las autoridades que rigen la actividad procesal penal, -por ejemplo si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias-
- habiendo activado el recurso de reposición y estando en trámite el mismo en la jurisdicción ordinaria, de manera paralela active la acción de libertad
- III. Fundamentos de la disidencia
- indistintamente,
- manera inmediata
- empero
- IV. El caso analizado
- no presentó oportunamente
