Sentencia: 0584/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0584/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.

II.    Por otra parte, es necesario insistir en la disidencia formulada respecto a la consideración de la seguridad jurídica como un principio y no un derecho tutelable vía amparo constitucional; entendimiento que se sigue en la Sentencia que motiva la presente disidencia, en el Fundamento Jurídico III.3. en el que se ratifica "que la seguridad jurídica es un principio, no un derecho" y se glosa la jurisprudencia contenida en las SSCC 0070/2010-R y 0096/2010-R, última en la cual se sostiene que la "seguridad jurídica, al ser un principio no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución (…)".

      Sobre el particular, el Magistrado que suscribe ha formulado disidencia a las sentencias en que se ha asumido dicho entendimiento, entre otras, las SSCC 0092/2010-, 0096/2010-R, 0197/2010-R, 0202/2010-R, 0211/2010-R, 0259/2010-R, 0264/2010-R, 0268/2010-R, 0275/2010-R, 0295/2010-R, 0296/2010-R, 0325/2010-R y 0334/2010-R, en las que se precisó: