SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0838/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 24 de abril de 2007, cursante de fs. 38 a 39 vta., el recurrente manifesta que, es dueño de un fundo rústico de 65 ha, ubicado en la jurisdicción de Puerto Suárez, zona del Mutún, adquirido de su anterior propietario Víctor Cabrera Carreño, quien a su vez, lo compró de su primer propietario Dalio Picolomini Daza, conforme la documentación que adjunta, ejerciendo a plenitud su derecho propietario, tanto en la pequeña vivienda que tiene construida, como en el sembradío de pasto y un área de monte original o virgen.
Indica además que a fines del año 2006, sus trabajadores le comunicaron que, la parte trasera de su propiedad había sido invadida por desconocidos, quienes talaron árboles sin autorización alguna, logrando evidenciar que se trataba de Maximiliano Salguero Montaño y Federico Carrasco Quiroz, a los cuales, les demostró su derecho de propiedad, haciéndoles entender que es propiedad privada, protegida por el Estado. Luego de las conversaciones, firmaron un documento, en el que se le obligó a pagar Bs2200.- (dos mil doscientos bolivianos) a Federico Carrasco Quiroz, por el chaqueo no autorizado, supuesta pérdida de una bicicleta y alambrado, y a Maximiliano Salguero Montaño, Bs6000.- (seis mil bolivianos), consiguiendo así que se retiren de su propiedad.
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- concede
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso
- (la negrilla nos corresponde).
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR