SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1160/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
concedió
Por Resolución 007/2007 de 16 de julio, cursante de fs. 42 a 44, la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías concedió el recurso y dispuso la reincorporación del recurrente a su cargo, sin perjuicio de que la autoridad correspondiente frente a la denuncia instruya el inicio del respectivo proceso. Ante la existencia de responsabilidad civil se determina el pago de daños y perjuicios, con los siguientes fundamentos: Que la normativa relativa y aplicable al recurrente como los art. 14. 2 del Estatuto del Médico Empleado y de la Carrera Funcionaria; y 26 del Reglamento Interno de Personal del Hospital Roberto Galindo Terán, regulan la estabilidad e inamovilidad funcionaria con la excepción de la existencia de un proceso previo, al haber sido despedido y luego removido sin el previo proceso, se han conculcados sus derechos constituciones denunciados.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- estable
- APROBAR