SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1292/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1292/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

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3.- La parte recurrente, ha intervenido en un proceso en todas sus etapas procesales de la sustanciación del juicio, haciendo uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios que le franquea la ley, de dónde no puede aludirse vulneración al debido proceso, ni el derecho a defensa; por cuanto, se ha otorgado la tutela judicial efectiva a ambas partes litigantes, citando Sentencias Constitucionales al efecto.