0498/2011-R de 25 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0498/2011-R de 25 de abril

Fecha: 03-Oct-2011

II.2. Análisis del caso concreto

          Posteriormente fue emitida la Resolución del Sumario Administrativo T.S. 13/2008, en cuyo contenido se encuentra la misma cita normativa efectuada que para el Auto Inicial, consecuentemente se entiende que al tener conocimiento de la presunta ausencia de precisión legal de la falta cometida, la accionante debió hacer notar esta situación oportunamente, impugnando el Auto Inicial, y no recién a través de la acción de amparo constitucional pretendiendo convertir a esta acción de defensa en una instancia más, aspecto que de modo alguno puede convalidarse, pues de acuerdo a los antecedentes del caso se evidencia que la accionante en ningún momento del proceso ha reclamado en la instancia administrativa los hechos que hoy denuncia de ilegal en cuyo mérito, al no haber constancia del cumplimiento de la subsidiaridad entendida no sólo como la activación de medios impugnativos, sino además, a través de ellos, de la reclamación de lo que hoy denuncia, el Tribunal Constitucional debió denegar la tutela solicitada.