Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1455/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
2º
2º En virtud a lo dispuesto por el art. 48.4 de la LTC, y en atención al tiempo transcurrido entre la interposición de la acción de amparo constitucional -23 de septiembre de 2009- y la fecha de pronunciamiento de la presente Resolución, se mantiene la validez de los efectos de la concesión de la tutela.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 10
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- III.2. El caso concreto analizado
- 2º