Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1590/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.1.
II.1. El accionante ajuntó título ejecutorial respecto el inmueble sito en el kilómetro nueve carretera al norte con una superficie de 8.1840 m2, inscrito en el registro de Derecho Reales (DD.RR.) de Santa Cruz, que acredita su derecho propietario (fs. 36 a 39), muestrario fotográfico policial tomado de los terreno avasallados y ocupados por los demandados (fs. 31 a 32), acta de denuncia ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y declaración informativa presentada por el accionante contra los demandados (fs. 33 y 34), informe del investigador asignado al caso de 3 de agosto de 2009, en el que consta que fueron agredidos y corridos a pedradas y con machetes (fs. 35).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la acción de amparo constitucional
- requisitos para considerar la situación como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR