Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1590/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
“procedente”
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 143/2009 de 1 de septiembre, cursante de fs. 53 vta. a 54, que declaró “procedente” la acción de amparo constitucional con los siguientes fundamentos: i) El accionante acreditó su derecho propietario no controvertido; y, ii) Se demostró el avasallamiento de los terrenos por parte de los demandados.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la acción de amparo constitucional
- requisitos para considerar la situación como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR