Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
denegó
El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 135/2010-R de 23 de diciembre, cursante de fs. 9 a 10, denegó la acción de libertad, con el fundamento que la accionante no presentó pruebas a efectos de demostrar la existencia del mandamiento de apremio, ni tampoco se evidencia antecedentes que demuestren la persecución denunciada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- para brindar la tutela
- no es menos evidente que el actor debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR