SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1901/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.2.
II.2. Acta de registro de audiencia pública de medidas cautelares de 28 de septiembre de 2010, fue suspendida por inasistencia de los imputados y la representación fiscal (fs. 22); acta de audiencia pública de aplicación de medidas cautelares de carácter personal de 8 de octubre de 2010 que fue suspendida porque el accionante no se presentó (fs. 17); y otras dos actas por lo mismo (fs. 18 y 19); se libró contra el accionante mandamiento de aprehensión que fue ejecutado el 11 de noviembre y el imputado fue puesto a disposición del Juez Cautelar el mismo día mes y año por la Fiscal de Materia (fs. 20 y 21); por Auto Interlocutorio de 12 de noviembre de 2010 el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Caracollo dispuso la aplicación de medidas cautelares de carácter personal a favor del imputado Reynaldo Vargas López entre dichas medidas de ofrecer una fianza personal a través de dos garantes fiables y abonables en derecho (fs. 32), y se dispuso su libertad por mandamiento de 13 de noviembre de 2010 (fs. 35).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR