SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1909/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1909/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

procedente”

El Juez de Partido y de Sentencia de Viacha del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución 01/2010 de 6 de enero, cursante de fs. 15 a 18, declaró “procedente” la tutela, disponiendo se señale nueva audiencia para sorteo de jueces ciudadanos y constitución de tribunal en observancia de los arts. 56, 61 y 62 del CPP. Como fundamento, se señala que los demandados no observaron los arts. 56 y 168 del CPP, vulnerando “la sagrada garantías constitucional de la seguridad jurídica” (sic.) y el debido proceso; por cuanto pese a las irregulares denunciadas en la notificación, el Juez ahora demandado celebró audiencia y constituyó el Tribunal de sentencia, sin conocimiento de los acusados para que tengan la oportunidad procesal de recusar a los jueces ciudadanos si fuera el caso, y en vez de subsanar dichos defectos procesales, haciendo caso omiso del reclamo de los accionantes, dispuso se tramite el mismo por la vía incidental en clara contradicción a lo previsto por el art. 168 del CPP.

Por lo precedentemente señalado, el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de cumplimiento, por lo que el Juez de garantías al haber declarado “procedente” la tutela, en uso de terminología errada, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.