Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1939/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
I.2.2. Informe de la autoridad demandada.
El demandado Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, señaló que mediante informe escrito cursante a fs. 12 de obrados la detención preventiva de Silvia Paula Ramos, se ordenó por concurrir los elementos del art. 233. 1 y 2, y por no haber desvirtuado los riesgos de fuga y obstaculización. Asimismo manifestó que de la revisión del cuaderno procesal y del informe del personal subalterno no existe ningún memorial de apelación presentado por la imputada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada.
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La subsidiariedad extraordinaria y excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto.