AUTO CONSTITUCIONAL 033/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 033/2011-RCA

Fecha: 07-Feb-2011

rechazo in límine

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 03/2009 de 27 de julio, cursante de fs. 26 a 27, declaró el rechazo in límine de la acción, fundamentando que: 1) Los accionantes tuvieron la oportunidad de hacer conocer sus reclamos en el recurso de casación interpuesto; empero, el mismo se planteó fuera de término, lo cual es producto de su propia negligencia; y, 2) La propia ley previene que para interponer la acción de amparo constitucional, previamente deben agotarse oportunamente otros recursos, porque el mismo no es sustitutivo de éstos.