Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
“otorgado”
Por lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de libertad, por lo que el juez de garantías, al haber “otorgado” la tutela, aunque con una terminología incorrecta, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, y dado una correcta aplicación a esta acción tutelar.