Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0168/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
2º DISPONER
2º DISPONER la restitución inmediata de la accionante a su fuente laboral, y el pago de sus salarios desde el mes de septiembre de 2008 hasta la fecha que su hijo hubiere cumplido un año de edad, previa acreditación de ese extremo con el certificado de nacimiento del hijo, con costas, daños y perjuicios a ser averiguables en ejecución de sentencia a favor de la accionante.