AUTO CONSTITUCIONAL 122/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 122/2011-RCA

Fecha: 28-Mar-2011

improcedente in límine

La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 030/2010 de 9 de junio, cursante de fs. 58 a 59, declaró improcedente in límine la acción, con los siguientes argumentos: a) El accionante interpuso recurso de apelación contra la Resolución y Auto complementario, que resolvió el incidente de nulidad plateado de su parte; sin embargo, al no haber cumplido con los recaudos de ley, dejó que las Resoluciones que ahora señala como lesivas de sus derechos y garantías constitucionales, queden ejecutoriadas conforme al art. 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil (CPC); así se tiene del Auto de 9 de enero de 2010; y, b) Al no haber agotado el accionante todos los medios legales para la protección de sus derechos y garantías constitucionales, precluyó su derecho de apelar contra los fallos que considera violan sus derechos.