2716/2010-R

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

En la SC 2716/2010-R de 6 de diciembre, se aprobó la Resolución del Tribunal de garantías, denegando el amparo solicitado por subsidiariedad, con el argumento que si el accionante no estaba de acuerdo con la determinación asumida en su contra, y con los pagos supuestamente ilegales que le impusieron cancelar, antes de activar esta vía constitucional debió presentar impugnación ante la misma Asamblea General, al ser la instancia máxima de dirección, administración y vigilancia de la Cooperativa, conforme disponen los arts. 88 y 89 de la LGSC.