AUTO CONSTITUCIONAL 131/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 131/2011-RCA

Fecha: 04-Abr-2011

improcedente in límine

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 06/2010 de 3 de julio de 2010, cursante de fs. 35 a 36, declaró improcedente in límine la acción, con el fundamento que el accionante no observó el principio de subsidiariedad, por cuanto impugna la notificación practicada con el Auto de Vista 013/2010 de 6 de enero, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior; sin embargo, si consideraba que su notificación era ilegal, debió formular un incidente de nulidad ante la referida Sala, para que sea esa instancia procesal la que se pronuncie al respecto.