AUTO CONSTITUCIONAL 168/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 168/2011-RCA

Fecha: 29-Abr-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 6 de octubre de 2010, cursante de fs. 59 a 61, el accionante asevera ser legítimo propietario de un vehículo clase vagoneta, marca Toyota, tipo Corolla, modelo 1996, chasis EE1030052118 y con placa de control 2267-ZXL, indicando; asimismo, que su hermano menor trabajaba como su chofer.

Señala también, que en las labores de interdicción efectuadas el 21 de julio de 2010, por la Unidad Móvil de Patrullaje Rural (UMOPAR) Valle Alto, en la localidad de Sacaba, más concretamente en las inmediaciones de calle Colón, observaron una vagoneta con placa de control 2267-ZXL, en la cual habían dos personas de sexo masculino, quienes descendieron e ingresaron al interior de un inmueble ubicado en la misma calle, número 485, por lo que irrumpieron en dicho domicilio a efectos de realizar la requisa respectiva, encontrando dos paquetes con una substancia blanquecina con características de cocaína, circunstancia por la cual aprehendieron a su hermano menor, secuestrando su vehículo; porque supuestamente éste se hubiese dado a la fuga, nada más falso, pues su hermano no tenía nada que ver con el accionar de esas personas ya que el fue contratado para prestar el servicio de radio taxi.

Por lo expuesto el accionante, considera que la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, ahora demandada, al celebrar la audiencia de medidas cautelares dictó una Resolución que de manera inmediata, determinó la confiscación de su vehículo, violando el art. 253 del Código de Procedimiento Penal (CPP), norma que en su caso no es aplicable, pues los jueces instructores no tienen competencia para determinar la confiscación de ningún bien, y por otro lado, en su vehículo no se encontró sustancia alguna, es más en el informe policial y en la imputación formal, se informa que la sustancia controlada se encontró en el interior del inmueble, más propiamente en la cocina y no así en su vehículo.