Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2011-R
Fecha: 01-Abr-2011
II.2.
II.2. El 23 de ese mes y año, el Administrador a.i. de la Administración de la Aduana Regional Cobija de la Aduana Nacional de Bolivia, rechazó la petición de la accionante, argumentando carecer de facultades para autorizar la salida del vehículo de la Zona Franca, responsabilidad que está a cargo del Departamento del Sistema de la Aduana Nacional (fs. 3 a 4).