SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0343/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0343/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

“improcedente”

El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 08/09 de 12 de agosto de 2009, cursante de fs. 55 a 56, declaró “improcedente” la acción de libertad, en base a los siguientes fundamentos: i) La acción de libertad  procede cuando se considera que la vida esta en peligro, cuando existe una persecución o procesamiento indebido, o una ilegal privación de libertad, debiendo recurrir ante la autoridad competente a efectos de que se guarde tutela a su vida y cese la persecución indebida solicitando que se restablezcan las formas legales o se restituya el derecho a la libertad; ii) Conforme lo alegado por la autoridad demandada, no se expidió mandamiento contra el accionante, sólo  se dió cumplimiento a lo dispuesto por el Juez cautelar para que recepcione nueva declaración, toda vez que la primera carecía de valor legal  debiendo darse cumplimiento según normativa legal; y, iii) Al no existir mandamiento de aprehensión, no hubo persecución, menos procesamiento indebido.