SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
III.2. Análisis del caso concreto
Del análisis de los antecedentes aparejados al expediente se puede evidenciar, que efectivamente se ha librado un mandamiento de apremio que amenaza y restringe el derecho a la libertad física o personal del accionante; sin embargo, no puede pretender que por esta vía se considere la legalidad o ilegalidad de dicha medida dispuesta en el proceso laboral que por beneficios sociales se le siguió, ya que dicha orden no está vinculada directamente con el derecho a la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud del accionante, únicos supuestos en los que es posible tutelar el derecho a la libertad de locomoción mediante la acción de libertad conforme a la jurisprudencia ya citada, ya que por propia versión del accionante se cuestionó la diligencia de notificación con el Auto que ordenó el pago de los beneficios sociales; sin embargo, no utilizó ningún medio legal que busque reparar o corregir el supuesto defecto procesal; en ese entendido, en los casos en los que no existe esa vinculación se debe acudir al amparo constitucional, agotando previamente los medios o recursos idóneos establecidos por ley en sede ordinaria para el restablecimiento de los derechos supuestamente conculcados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el ámbito de protección de la acción de libertad respecto al derecho a la libertad de circulación
- el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR