SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Dentro del proceso penal seguido en su contra, de acuerdo a criterios de concurso ideal, fue condenado injustamente a la pena de cinco años de presidio, por la presunta comisión de los delitos de estafa y tentativa de estelionato, Resolución contra la que presentó recurso de apelación, y que mereció el Auto de Vista 153/03 de 25 de agosto, que anuló parcialmente la Sentencia, disponiendo la absolución por el delito de estelionato, manteniendo injustamente sin la motivación ni fundamentación debida la pena de cinco años de presidio, olvidando que a tiempo de absolverle el delito de estelionato, ya no correspondía el concurso ideal.
Recurrido en casación el citado Auto de Vista, mediante Auto Supremo 471 de 23 de septiembre de 2003, fue declarado inadmisible con el argumento que a tiempo de recurrir de apelación, no invocó el precedente contradictorio, sin tomar en cuenta que la apelación tenía como propósito la absolución de los delitos que se le atribuyeron en la Sentencia, motivo por el que los precedentes contradictorios indicados, estaban relacionados a dicho propósito; empero, el Auto de Vista al modificar sustancialmente la Sentencia con la absolución de un delito, pero, sin reducir la pena, modificó la situación con relación al recurso de casación, pues los precedentes invocados en la apelación no podían ser iguales al de casación.
Por otro lado, hizo notar que dentro de otro proceso penal con matices civiles, se determinó su detención preventiva, que en apelación fue revocada; la Fiscal que participó en suplencia, entregó una fotocopia legalizada del mandamiento de condena a efectivos policiales de la Corte Superior, ejecutado el 16 de julio de 2008, que por sus averiguaciones, dicho mandamiento fue librado el 17 de noviembre de 2003, fue entregado personalmente a la querellante, y se produjo ejecución después de cuatro años, ocho meses y un día, en cuyo periodo venía transcurriendo la prescripción de la pena. De no haberse aplicado injustamente el concurso ideal, por efecto de una pena menor, la misma ya hubiese culminado -incluida la ejecución del mandamiento de condena- que a pesar de no haber tenido conocimiento del Auto Supremo como de los decretos de cúmplase, canceló a la querellante, la suma de $us1350.- (mil trescientos cincuenta dólares estadounidenses), por concepto de responsabilidad civil, mediante su hermano.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 12
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR