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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2011-R

    Fecha: 16-May-2011

    “improcedente”

    Por lo que el Juez de garantías, al haber declarado “improcedente” la acción de libertad y dispuesto la remisión de obrados originales de la presente acción de libertad a conocimiento del Ministerio Público, a efectos que promueva y dirija la investigación; aunque con terminología impropia obró correctamente.

    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • 1)
    • “improcedencia”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • “improcedente”

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