SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0701/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0701/2011-R

Fecha: 16-May-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2009, cursante de fs. 11 a 12 vta., el accionante alegó que su representado Carlos Eduardo Cuellar Guaji, menor de edad, ingresó al Hospital Japonés el 29 de octubre de 2009, con el cuadro de anemia aguda; los galenos del Hospital Universitario Japonés, realizaron todas las gestiones para el restablecimiento del menor.

El 10 de noviembre de 2009 se dio alta a su representado, misma que no se llegó a efectuar por no haber cancelado la deuda equivalente Bs4666.- (cuatro mil seiscientos sesenta y seis bolivianos), en tal sentido, su representado solicitó al Director del Hospital Japonés, José Carlos Camacho, un plan de pagos para cubrir la deuda por la atención brindada, sin embargo, el 12 de noviembre de 2009, el demandado respondió que seria dado de alta una vez que cancele la deuda por los servicios brindados.