SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2011-R

Fecha: 30-May-2011

“improcedente”

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del  Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 107/09 de 21 de diciembre de 2009, cursante de fs. 12 a 13 vta., declaró “improcedente” la acción de libertad, en base a los siguientes fundamentos: i) El accionante no presentó prueba correspondiente a objeto de que este Tribunal de garantías constitucionales para que se considere si existió una amenaza al derecho a la libertad ni demostró que se encuentra ilegalmente perseguido o procesado.

Por los antecedentes expuestos precedentemente, se confirma que el presente caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de libertad; consiguientemente, el Tribunal de garantías al haber declarado “improcedente” la acción, con los mismos fundamentos, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado cabal aplicación a las normas que rigen a esta acción tutelar.