AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2011-RCA

Fecha: 01-Ago-2011

improcedente in límine

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 015/2010 de 7 de abril, cursante de fs. 116 a 117, declaró improcedente in límine la acción, aplicando la causal de improcedencia del art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por cuanto no formuló el recurso jerárquico contra la respuesta de la revocatoria solicitada; es decir, no agotó los recursos que le franquea la ley en la vía administrativa, inobservando el principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional.

Efectuado el sorteo de la presente causa el 10 de marzo de 2011, al no haber tenido consenso el proyecto; se procedió a un nuevo sorteo, mediante Acuerdo Jurisdiccional de 24 de marzo de 2011; realizándose el mismo, el 28 de julio del referido año, por lo que la presente Resolución es emitida dentro de plazo.