AUTO CONSTITUCIONAL 0235/2011-RCA
Fecha: 12-Ago-2011
18 de agosto de 2009
Ahora bien, conforme se advierte de los antecedentes aparejados y de la exposición de los hechos, se tiene que el acto considerado ilegal y que originó las supuestas lesiones a los derechos del representado del accionante es el memorándum 0284/2009. Por todo lo expuesto, y siguiendo el razonamiento jurisprudencial desarrollado en los puntos precedentes, deberá computarse el plazo de los seis meses desde la fecha de emisión del memorándum 0284/2009 que es el 18 de agosto de 2009 (fs. 9); empero, la presente acción de amparo constitucional recién fue interpuesta el 16 de marzo de 2010 (fs. 21); es decir, en forma extemporánea; por tanto, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico II.2, corresponde declarar la improcedencia in límine de la acción tutelar.