se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución 68/2011 de 21 de julio, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución 68/2011 de 21 de julio, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia

Fecha: 23-Ago-2011

devuélvase la presente acción de amparo constitucional

Por consiguiente a través de Secretaría General, devuélvase la presente acción de amparo constitucional a la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, a efecto que se proceda al correspondiente archivo de obrados, al evidenciarse que la impugnación se presentó fuera de plazo; con la aclaración que en la presente causa la Comisión de Admisión sólo se ha referido a cuestiones procesales.