Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2011-R
Fecha: 09-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes manifiestan que la autoridad demandada lesionó el derecho de su representado a la libertad y a la garantía del debido proceso, toda vez que se le citó a declarar en la ciudad de La Paz, no obstante que los ilícitos que se le imputan habrían sido cometidos en la ciudad de Santa Cruz, en la que el representado tiene su domicilio y actividad laboral. Correspondiendo analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- APROBAR