Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1358/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
denegó
La Jueza Cuarto de Sentencia, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 09/2010 de 28 de agosto, cursante de fs. 56 a 58, por la cual denegó la acción de libertad, con los siguientes fundamentos: i) Respecto a las aseveraciones y denuncias existentes en los periódicos, deben ser conocidos por la autoridad competente, en este caso, la justicia ordinaria; y, ii) Los allanamientos fueron dispuestos por autoridad jurisdiccional y si se tiene alguna denuncia contra los derechos en una investigación, es el Juez cautelar quien tiene que hacer el seguimiento y control respectivo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- los alcances de
- y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
- III.3. Sobre la persecución ilegal e indebida
- persecución ilegal o indebida
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18