Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1403/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.2.
II.2. La particular demandada por nota de 6 de marzo de 2009, le hizo conocer al accionante, que el término del contrato de alquiler había vencido y que le daba el plazo de quince días para que desaloje el inmueble alquilado (fs. 10), mediante carta notariada dirigida a la demandada, el accionante solicitó se le extiendan facturas fiscales del pago de alquileres (fs. 15).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las vías de hecho y los derechos del inquilinato
- III.2. Las vías de hecho y la acción de amparo constitucional
- requisitos para considerar la situación como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales
- III.3. Análisis del caso concreto